Coalición Canaria
San Bartolomé de Tirajana

Proceso participativo para la elaboración de la Ordenanza Municipal de Vivienda

Documento de participación de los vecinos y vecinas de San Bartolomé de Tirajana

📅 Rellena el cuestionario antes del 31 de agosto de 2026

¿Por qué esta consulta?

El acceso a la vivienda constituye hoy uno de los principales problemas de nuestro municipio.

Durante décadas, San Bartolomé de Tirajana ha carecido de una normativa propia que regulase cómo crear, adjudicar y gestionar un parque municipal de viviendas públicas.

La futura Ordenanza pretende cambiar esta realidad.

Antes de iniciar su tramitación definitiva queremos conocer la opinión de los vecinos y vecinas de San Bartolomé de Tirajana, escuchar propuestas y enriquecer el texto con las aportaciones de quienes forman parte de nuestro municipio.

No buscamos debatir cuestiones jurídicas.

Queremos conocer su opinión sobre las principales decisiones políticas que incorpora esta futura Ordenanza.

¿Qué pretende conseguir la Ordenanza?

La futura Ordenanza permitirá:

  • Crear el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda.
  • Establecer criterios objetivos para adjudicar viviendas públicas.
  • Crear un sistema transparente y verificable.
  • Regular el alquiler, la venta y la opción de compra.
  • Gestionar futuras promociones municipales.
  • Incorporar viviendas adquiridas por el Ayuntamiento.
  • Atender situaciones de emergencia habitacional.
  • Proteger el patrimonio público municipal.

1 ¿Quién debe tener prioridad?

La Ordenanza propone reservar viviendas para determinados colectivos:

  • Jóvenes menores de 35 años.
  • Personas mayores de 65 años.
  • Personas con discapacidad.
  • Situaciones de emergencia habitacional.

¿Está de acuerdo?

¿Añadiría algún colectivo prioritario?

2 Residencia en el municipio

Se propone exigir:

  • 15 años de residencia continuada.
  • o
  • 20 años de residencia no continuada.

¿Qué opina?

¿A cuántos años?

¿Considera importante premiar el arraigo en el municipio?

3 Jóvenes

La Ordenanza reserva un porcentaje específico de viviendas para jóvenes: un 5% para personas de hasta 35 años.

¿Le parece suficiente?

4 Emergencias sociales

El Ayuntamiento podrá adjudicar temporalmente viviendas en casos de:

  • incendios;
  • desahucios;
  • violencia de género;
  • derrumbes;
  • catástrofes;
  • situaciones de grave vulnerabilidad.

¿Está de acuerdo?

¿Añadiría algún supuesto?

5 Viviendas adaptadas

Las viviendas adaptadas tendrán prioridad para personas con movilidad reducida o discapacidad.

¿Está de acuerdo?

6 ¿Qué modelo de vivienda pública prefiere?

La Ordenanza permite:

  • alquiler;
  • compraventa;
  • opción de compra.

¿Qué modelo considera prioritario?

7 Protección del parque público

La vivienda pública deberá destinarse exclusivamente a residencia habitual.

Se prohíbe:

  • alquiler vacacional;
  • cesión a terceros;
  • mantener la vivienda desocupada injustificadamente.

El incumplimiento podrá suponer la pérdida de la vivienda.

¿Está de acuerdo?

8 Lucha contra el fraude

¿Considera que el Ayuntamiento debería realizar inspecciones periódicas para comprobar el correcto uso de las viviendas públicas?

9 Protección del patrimonio municipal

La Ordenanza establece obligaciones para conservar correctamente las viviendas públicas.

¿Cree que el Ayuntamiento debe actuar con firmeza frente a los incumplimientos?

10 ¿Cómo se adjudicarán las viviendas?

Cuando haya más solicitudes que viviendas disponibles, todas las personas que cumplan los requisitos participarán en un procedimiento público basado en un sistema de baremación.

Entre otros aspectos se valorarán:

  • ingresos económicos;
  • composición de la unidad familiar;
  • existencia de menores;
  • discapacidad o dependencia;
  • familias numerosas;
  • necesidad real de vivienda;
  • otras circunstancias sociales previstas en la Ordenanza.

Las viviendas se adjudicarán siguiendo el orden de puntuación obtenido y procurando que el tamaño de la vivienda sea adecuado a cada unidad familiar.

¿Considera adecuado este sistema?

¿Qué criterios deberían tener mayor peso? (puede marcar varios)

11 Lista de reserva

Cuando una vivienda quede libre por renuncia, fallecimiento, incumplimiento o cualquier otra causa, no será necesario iniciar un nuevo procedimiento.

La vivienda se ofrecerá a la siguiente persona de la lista de reserva que reúna los requisitos y cuya unidad familiar sea adecuada para esa vivienda.

Este sistema permitirá:

  • adjudicar viviendas con mayor rapidez;
  • evitar viviendas vacías;
  • mantener el orden obtenido en la baremación;
  • garantizar la transparencia.

¿Está de acuerdo?

¿Qué duración considera adecuada para la lista de reserva?

12 Valoración general

Después de conocer los aspectos principales de la futura Ordenanza…

¿Cómo valora el proyecto?

13 Si pudiera modificar una sola cosa…

¿Qué cambiaría?

14 Otras propuestas o sugerencias

Su correo electrónico

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Agradecimiento

Gracias por participar. Las aportaciones recibidas serán analizadas antes de la aprobación inicial de la Ordenanza y servirán para valorar posibles mejoras en un texto que aspira a convertirse en el marco regulador de la política municipal de vivienda de San Bartolomé de Tirajana durante los próximos años.

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